Diferencias entre regímenes pensionales en Colombia
Las principales diferencias de los regímenes pensionales en Colombia: aquí unos ejemplos
Descubre cómo las diferencias puntuales entre los dos regímenes pensionales podrían cambiar tu forma de cotizar y recibir pensiones.
Los regímenes pensionales vigentes en Colombia, tienen características particulares que implican formas distintas de hacer tus aportes y de beneficiarse de la pensión una vez te hayas jubilado.
Pero, ¿cómo se pueden ver las diferencias? Es preciso entender las características de cada sistema para así comprender las ventajas comparativas de tener una cuenta ahorro pensional individual con posibilidad de rentabilidad.
Para ilustrar las diferencias, los siguientes ejemplos te permitirán ampliar la información.
Destino de los aportes y tipo de fondo: Víctor tiene 22 años y recién empieza a trabajar. En la empresa le preguntaron dónde quería hacer sus aportes a pensión. Como no sabe muy bien la diferencia entre los dos regímenes, dijo que en el Régimen de Prima Media (RPM). Lo que él desconoce es que en el RPM sus aportes van a un fondo común, junto con los ahorros de todos los demás afiliados; además, no le permite participar en la administración de sus aportes, ni tomar decisiones sobre el manejo de los mismos. En cambio, en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), Víctor es dueño de su dinero, puede participar de forma activa en la administración de sus aportes, ya que según su edad y tolerancia al riesgo puede destinar sus ahorros a uno de los tipos de fondo que Colfondos le ofrece a través del esquema multifondos. En este caso, Víctor decidió colocar sus aportes en el fondo de Mayor Riesgo, pues quiere obtener buenas rentabilidades y cuenta con tiempo para construir un mayor capital. Así, Víctor aprovecha el esquema de multifondos y de esta forma tiene un mayor conocimiento sobre sus ahorros y está informado para tomar las mejores decisiones.
Edad y semanas para obtener la pensión: Camilo, de 50 años, lleva cotizando a pensión durante 15 años. Sin embargo ya no desea seguir cotizando y quiere pensionarse. En el RPM no puede hacerlo porque aún no cuenta ni con las semanas mínimas requeridas, 1.300 semanas, ni con la edad mínima para jubilarse, 62 años. En cambio, en el RAIS, Camilo puede solicitar su estudio actuarial para que le digan si es posible pensionarse con el monto actual que tiene en su Cuenta de Ahorro Pensional. Colfondos le informará sobre las condiciones para acceder a una pensión y él, mientras tanto, puede seguir cotizando para completar los requisitos o hacer un aporte voluntario que le permita programar la fecha en que accederá a pensionarse.
Beneficiarios: Margarita tiene dos hijos de 28 y 30 años, que no son inválidos, y ella no tiene ninguna otra persona que pueda heredar sus ahorros. Infortunadamente, Margarita fallece antes de lograr su pensión. En el RPM, dado que sus ahorros están en un fondo común y Margarita no cuenta con los beneficiarios que accedan a la pensión de sobrevivientes, sus recursos quedan en ese fondo, ya que se aplica el principio de solidaridad. En el RAIS, debido a que los aportes pertenecen a la cuenta de la cual ella es la única titular, los hijos sí pueden contar con la Devolución de Saldos de la cuenta de Margarita. Esto es posible debido a que cuando los hijos no cumplen con los requisitos para acceder a la pensión de sobrevivientes, pueden tener acceso al dinero en calidad de herederos, recibiendo los aportes más los rendimientos.
Modalidades de pensión y valor máximo permitido para pensión: Claudia trabajó durante 40 años en una compañía financiera. El próximo mes cumplirá 57 años y está emocionada porque pronto se pensionará. En el RPM, ella sólo tiene una única modalidad de pensión. En el RAIS podrá elegir entre siete modalidades de pensión: Renta Vitalicia Inmediata, Retiro Programado, Retiro Programado con Renta Vitalicia Diferida, Renta Temporal Variable con Renta Vitalicia Diferida, Renta Temporal Variable con Renta Vitalicia Inmediata, Retiro Programado sin negociación de Bono Pensional y Renta Temporal Cierta con Renta Vitalicia de Diferimiento Cierto (modalidad a cargo de las aseguradoras).
Ella se pregunta cuánto dinero tendrá para gozar en su retiro. En el RPM, sus ahorros tendrán un tope máximo: 25 salarios mínimos mensuales legales vigentes. En el RAIS, no hay valor límite, ya que la pensión dependerá de su ahorro y de los rendimientos obtenidos a través del tiempo.
Monto de pensión: Mario acaba de jubilarse y ya va a empezar a disfrutar de su retiro con el capital que ahorró durante su vida laboral. En el RPM, durante las primeras mil semanas de su pensión obtendrá como monto un 65% sobre el Ingreso Base de Liquidación. En contraste, si tuviera sus aportes en Colfondos, el monto de su pensión dependería del capital ahorrado en su cuenta de ahorro individual, en donde ha podido ingresar aportes obligatorios y aportes voluntarios, y en la que ha podido aumentar la suma por cuenta de la rentabilidad generada en el fondo.
No olvides que...
Tanto el RPM como el RAIS son regímenes excluyentes, es decir que la persona sólo puede estar afiliado a uno de los dos. Para realizar el traslado de un régimen al otro, puedes hacerlo una vez cada cinco años. Igualmente es importante saber que cuando alcances la fecha límite de 10 años antes de cumplir la edad de pensión por edad (según las condiciones del RPM), ya no podrás realizar cambio entre regímenes. Es preciso señalar que estos requisitos no aplican cuando las personas son beneficiarias del régimen de transición, quienes sí pueden regresar en cualquier momento al Régimen de Prima Media.- Así mismo, dentro de los dos regímenes, la cotización de los afiliados no puede ser inferior a un salario mínimo, ni mayor a 25 salarios mínimos.
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