El Sistema Pensional Colombiano tiene como propósito:
Proteger con una Pensión los riesgos vinculados con la vejez, la invalidez o la muerte.
Ampliar la protección sobre los riesgos vinculados con la vejez, la invalidez o la muerte de quienes no están amparados por el sistema.
En el Sistema General de Pensiones existen dos tipos de afiliados:
Los obligatorios que son aquellos que están vinculados por un contrato como servidores públicos, contratistas, trabajadores independientes o beneficiarios de los subsidios del Fondo de Solidaridad Pensional.
Los voluntarios que son aquellos colombianos que viven en el exterior o extranjeros que permanezcan en Colombia por un contrato laboral.
Ten en cuenta que, de acuerdo con la Ley 100 de 1993, en Colombia puedes pensionarte a través de dos opciones:
Régimen de Prima Media (RPM), administrado por Colpensiones, en el que debes cumplir la edad de Pensión y acumular 1.300 semanas.
Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), gestionado por las Administradoras de Fondos de Pensión (AFP) como Colfondos. Aquí puedes pensionarte de dos maneras:
Cuando acumulas en tu Cuenta de Ahorro Individual el capital necesario para acceder a una Pensión.
Cuando cumples 57 años si eres mujer o 62 años si eres hombres y has cotizado mínimo 1.150 semanas (3 años menos que en Colpensiones).
Infórmate más al respecto a continuación: