Reglamento del producto

Reglamento del producto

Conoce los detalles del funcionamiento y del plan de pensión de los Fondos de Pensiones Obligatorias de Colfondos, descarga el reglamento ubicado en “Archivos relacionados” de esta sección y consulta los detalles.

A continuación te contamos cuál fue el texto que se modificó del reglamento con relación a la Comisión de administración sobre los aportes:

Detalles de la modificación :

1. En el capítulo Comisión de administración sobre los aportes obligatorios, encontrarás lo siguiente:

El 3% del Ingreso Base de Cotización, conforme a lo dispuesto por el artículo 20, incisos 2 y 3, de la Ley 100 de 1993 y demás normas que la modifiquen, adicionen y/o reglamenten será destinado a financiar la Comisión de Administración de la Sociedad Administradora y la Prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivientes.

En consecuencia, Colfondos cobrará mensualmente por concepto de Comisión de Administración de la Sociedad Administradora a los aportes cotizados a partir del primero (1°) de enero de 2023, la diferencia resultante de restar al 3% del Ingreso Base de Cotización el valor de la prima del seguro de invalidez, así: Comisión de Administración de la AFP = Ingreso de Base Cotización – Prima Seguro De Invalidez y Sobrevivencia, correspondiendo el 2,03% a la prima de seguro previsional y el 0,97% a la comisión de administración que cobrará la Sociedad Administradora entre el 1 de enero de 2025 y el 30 de junio de 2025.

2. Que remplaza y corrige el siguiente contenido:

El 3% del Ingreso Base de Cotización, conforme a lo dispuesto por el artículo 20, incisos 2 y 3, de la Ley 100 de 1993 y demás normas que la modifiquen, adicionen y/o reglamenten será destinado a financiar la Comisión de Administración de la Sociedad Administradora y la Prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivientes.

En consecuencia, Colfondos cobrará mensualmente por concepto de Comisión de Administración de la Sociedad Administradora a los aportes cotizados a partir del primero (1°) de enero de 2024, la diferencia resultante de restar al 3% del Ingreso Base de Cotización el valor de la prima del seguro de invalidez, así:

Comisión de Administración de la AFP = el 3% del Ingreso de Base Cotización – Prima Seguro De Invalidez y Sobrevivencia, correspondiendo el 2,03% a la prima de seguro previsional y el 0,97% a la comisión de administración que cobrará la Sociedad Administradora para el 2024.

Detalles de la modificación:

1. En el capítulo Comisión de administración sobre los aportes obligatorios, encontrarás lo siguiente:

El 3% del Ingreso Base de Cotización, conforme a lo dispuesto por el artículo 20, incisos 2 y 3, de la Ley 100 de 1993 y demás normas que la modifiquen, adicionen y/o reglamenten será destinado a financiar la Comisión de Administración de la Sociedad Administradora y la Prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivientes.

En consecuencia, Colfondos cobrará mensualmente por concepto de Comisión de Administración de la Sociedad Administradora a los aportes cotizados a partir del primero (1°) de enero de 2024, la diferencia resultante de restar al 3% del Ingreso Base de Cotización el valor de la prima del seguro de invalidez, así:

Comisión de Administración de la AFP = el 3% del Ingreso de Base Cotización – Prima Seguro De Invalidez y Sobrevivencia, correspondiendo el 2,03% a la prima de seguro previsional y el 0,97% a la comisión de administración que cobrará la Sociedad Administradora para el 2024.

2. Que remplaza y corrige el siguiente contenido:

El 3% del Ingreso Base de Cotización, conforme a lo dispuesto por el artículo 20, incisos 2 y 3, de la Ley 100 de 1993 y demás normas que la modifiquen, adicionen y/o reglamenten será destinado a financiar la Comisión de Administración de la Sociedad Administradora y la Prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivientes.

En consecuencia, Colfondos cobrará mensualmente por concepto de Comisión de Administración de la Sociedad Administradora a los aportes cotizados a partir del primero (1°) de enero de 2023, la diferencia resultante de restar al 3% del Ingreso Base de Cotización el valor de la prima del seguro de invalidez, así: Comisión de Administración de la AFP = el 3% del Ingreso de Base Cotización – Prima Seguro De Invalidez y Sobrevivencia, correspondiendo el 2,07% a la prima de seguro previsional y el 0,93% a la comisión de administración que cobrará la Sociedad Administradora para el 2023.

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