INFORMACIÓN RELATIVA AL COBRO DE LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y SEGURO DE INVALIDEZ Y SOBREVIVENCIA
La siguiente información tiene como objetivo darle a conocer las novedades relacionadas con sus aportes obligatorios a pensión. Es importante recordar que los aportes obligatorios a pensión que usted realiza, corresponden al 16% de su Ingreso Base de Cotización (IBC) y se distribuyen mensualmente de la siguiente manera:
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11.5% se destina a su Cuenta de Ahorro Individual.
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1.5% se destina al Fondo de Garantía de Pensión Mínima.
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3% se destina al pago por comisión de administración de la AFP y Prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivientes. 1
En relación con el 3% de su IBC destinado al pago de comisión de la AFP y la prima de seguro, queremos informarle que sobre los aportes cotizados a partir de la vigencia correspondiente al primero (1°) de enero de 2022, se aplicará la siguiente distribución durante el año 2022:
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Un porcentaje será destinado a cubrir la Prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia de la Compañía Aseguradora. Este porcentaje tendrá un componente fijo y uno variable, que se calcularán de la siguiente manera:
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El Componente Fijo será del 2,270% del Ingreso Base de Cotización.
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El Componente Variable se determinará considerando los fallecimientos por COVID-19 a nivel país, relativizando el impacto a la cartera afiliados expuestos al seguro de invalidez y sobrevivencia de Colfondos.2
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El valor resultante de realizar los cálculos relacionados con el Componente Variable será añadido al Componente Fijo para que juntos, sean la Prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivientes para la vigencia del mes en cuestión, de la siguiente forma: Prima Seguro de Invalidez y Sobrevivencia = Componente Fijo + Componente Variable.
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Para el mes de enero de la vigencia correspondiente al año 2022 el Componente Variable de la Prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivientes será igual cero (0).
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El restante porcentaje será destinado a cubrir la Comisión de Administración de la AFP, el cual es la diferencia que resulta de restar al 3% del Ingreso Base de Cotización el valor mensual de la Prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivientes que se menciona en el anterior literal.
¿Cómo se calcula el componente variable de la prima del seguro?
La metodología de cálculo que desarrolla específicamente cada uno de los elementos del Componente Variable de la Prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivientes, se encuentra plasmada en las Condiciones Generales de la Póliza de Seguro y se resume de la siguiente manera:
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Se calculan las tasas de fallecimiento por edad y región diarias de COVID-19 con el Archivo de fallecidos del Instituto Nacional de Salud y la Proyección de población del DANE. La tasa por fallecimiento corresponde a la división del número de fallecidos por la población que corresponde a cada segmento, sin redondear.
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Se promedian las tasas diarias de los últimos 7 días para obtener las tasas diarias suavizadas.
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Mensualmente, las tasas diarias suavizadas de fallecimiento por edad y región se adicionan para determinar la tasa mensual de fallecidos por COVID-19, para cada segmento de edad y región.
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Se determinan los fallecidos esperados al multiplicar las tasas de fallecimiento mensual con los expuestos de la cartera afiliados de Colfondos para cada segmento de edad y región, sin redondeos. Para este cálculo se considera el insumo Número de expuestos de la cartera de afiliados de Colfondos.
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Este número de fallecidos esperados se multiplica por el Porcentaje de relatividad INS* – Colfondos para obtener el número de fallecidos relativo, sin redondeo.
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Para determinar el Componente Variable mensual, el número de fallecidos relativo del mes se multiplica por el Delta tasa por fallecido, considerando la siguiente formula:
Componente Variable de la prima mensual = Número de fallecidos relativo del mes x Delta tasa por fallecido
El valor resultante de realizar estos cálculos corresponderá al Componente Variable y será añadido al Componente Fijo para que juntos, sean la Prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivientes para la vigencia del mes en cuestión.
Para claridad de todos nuestros afiliados, en ninguna circunstancia, la Prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivientes durante la vigencia 2022 podrá será superior al 3% del Ingreso Base de Cotización. Igualmente, hemos construido algunos escenarios sobre el comportamiento futuro de la Prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivientes, los cuales deben ser tenidos como meramente indicativos y no pretenden de ninguna forma ser tomados como promesas de resultados futuros. Los escenarios se han construido con base en la información estadística disponible sobre el riesgo previsional relacionado con el riesgo Covid19 durante los años 2020 y 2021, arrojando como resultado los siguientes valores de prima:
Componente Fijo | Componente Variable | Prima Total | |
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Esc. Siniestralidad oct – nov 2021 | 2,270% | 0,014% | 2,284% |
Esc. Siniestralidad 2020 | 2,270% | 0,052% | 2,322% |
Esc. Siniestralidad 2021 | 2,270% | 0,126% | 2,396% |
Queremos dar un mensaje de tranquilidad y ratificar a todos nuestros afiliados que cuentan con todas las Coberturas requeridas por la ley y adicionalmente, reforzar que los costos atribuibles a Comisión de Administración de la AFP sumados a la prima del Seguro Previsional son equivalentes al 3% del Ingreso Base de Cotización y no excederán en ninguna circunstancia ese valor.
En estos términos y de acuerdo a la autorización otorgada por la Superintendencia Financiera de Colombia, se modifica de forma consecuente el Artículo Vigésimo Primero del Reglamento de los Fondos de Pensiones Obligatorias de Colfondos S.A. Pensiones y Cesantías, el cual puede ser consultado aquí.
Colfondos mantendrá informados a todos sus afiliados a través de sus canales de atención al público esto es, Página Web, Contact Center y oficinas, por lo menos mensualmente acerca del monto de las comisiones cobradas, discriminando de forma mensual el valor efectivamente pagado por la Prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivientes y cada uno de sus componentes, así como el valor remanente pagado a la Administradora por Comisión de Administración. Adicionalmente, trimestralmente, en comunicaciones anexas al extracto de Pensión Obligatoria, pondrá a disposición de sus afiliados esta misma información.
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De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 20, incisos 2 y 3 de la Ley 100 de 1993.
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Para este cálculo, se utilizará como insumo principal la información de fallecidos del Instituto Nacional de Salud asociados a COVID-19, de modo de estimar las tasas de fallecimiento por edad y región sobre la población de Colombia y calcular el número de fallecidos esperados por COVID-19 entre los asegurados de Colfondos considerando su cartera de afiliados que cuentan con la cobertura de la póliza.
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