.
Bonos pensionales e incapacidades
Entender cómo funcionan los bonos pensionales y las incapacidades prolongadas es clave para garantizar tu tranquilidad y la de tu familia. En esta guía te explicamos, paso a paso, qué son, cómo se gestionan y qué requisitos debes cumplir según la Ley 100. Nuestro objetivo es acompañarte en cada etapa para que el proceso sea más fácil y claro.
¿Qué es un bono pensional?
Un bono pensional es un título valor que representa el ahorro acumulado por tus aportes en el régimen anterior (público) cuando te trasladaste al régimen privado. Este bono se suma a tu cuenta individual en Colfondos para calcular tu pensión.
¿Por qué es importante?
Porque garantiza que no pierdas el tiempo cotizado antes del traslado y aumenta tu capital para la pensión.
Tipos de bonos pensionales y cómo aplican
- Tipo A: Para quienes estaban en el régimen público y se trasladaron al privado.
- Tipo B: Para quienes trabajaron en entidades oficiales.
- Tipo C: Para quienes cotizaron en el ISS y luego en el régimen privado.
Nota: Cada tipo tiene condiciones específicas. Si no sabes cuál aplica, Colfondos puede orientarte.
Conoce más
Prepara la documentación necesaria
- Documento de identidad.
- Certificaciones laborales o historia laboral, descárgala desde la Zona Transaccional. Ingresa aquí
Solicita una asesoría virtual por videoconferencia con Colfondos.
Solicitar una cita
Envía tus documentos por los canales indicados y Colfondos gestionará la solicitud ante el Ministerio de Hacienda.
Requisitos para recibir pensión de invalidez según Ley 100
La pensión por invalidez se otorga si pierdes al menos un 50 % de tu capacidad laboral. Colfondos financia esta pensión utilizando tu ahorro, un seguro y, si aplican, el bono pensional. Te acompañamos paso a paso para que cumplas con cada requisito.
Verifica tu pérdida de capacidad
Debes haber sido calificado(a) con una pérdida laboral igual o superior al 50 %, de origen común, permanente y definitiva.
Reúne las semanas cotizadas requeridas
- Si la invalidez ocurrió antes del 29 de enero de 2003: necesitas 26 semanas cotizadas, ya sea en tu vida laboral o en el año previo, según tu situación.
- Si fue después del 29 de enero de 2003: necesitas 50 semanas cotizadas dentro de los 3 años anteriores.
Consultar tu historia laboral
Ingresa al Portal Transaccional para revisar y corregir tus aportes en tu historia laboral. Asegúrate de que refleje las semanas necesarias.
Radica la solicitud de pensión
Reúne tus documentos (historia laboral, certificados médicos, entre otros) y presenta la solicitud en la Oficina Virtual Pensional. El trámite no tiene costo.
Conoce más
Documentos requeridos para pago de incapacidades prolongadas
Las incapacidades prolongadas (más de 180 días) pueden ser atendidas por Colfondos entre el día 181 y el 540, siempre que la EPS remita la notificación correspondiente. Aquí te contamos qué documentos necesitas para que el pago fluya sin contratiempos.
Haz una verificación inicial donde te asegures que tu EPS envíe la notificación entre el día 120 y 150 de incapacidad.
Preparar y radicar los documentos
- Formato de solicitud (te lo entrega Colfondos).
- Copia de tu cédula ampliada al 150%.
- Carta de la EPS confirmando la incapacidad prolongada.
- Resumen médico (epicrisis) reciente (máx. 3 meses).
- Formato de rehabilitación integral con concepto “favorable” (vigente).
- Historial del pago de las incapacidades del día 1 al 180.
Tip: Verifica que los documentos estén legibles y actualizados para evitar retrasos.
Conoce la lista completa
Envío y asesoría.
- Solicita tu cita por la Oficina Virtual pensional.
- Una vez radicados, Colfondos evaluará y gestionará el pago hasta el día 540, sin interrupciones.
Importante: Si la EPS determina que la rehabilitación no es favorable, el pago no se realizará. En ese caso, podrás comenzar el proceso para solicitar la pérdida de capacidad laboral (pensión por invalidez).
Temas relacionados
- Guía sencilla del Sistema de Pensión Obligatoria ley 100
- Requisitos y proceso para pensionarse
- Historia laboral y validación de aportes
- ¿Cómo entender tus extractos y aportes a Pensión Obligatoria?
- Cotización para trabajadores independientes
- Bonos pensionales e incapacidades
- Pensión Obligatoria - Preguntas Frecuentes
Si continuas navegando, consideramos que aceptas el uso que el portal web, propiedad de Colfondos S.A. Pensiones y Cesantías, hace de Cookies para mejorar la navegación y el uso de los servicios habilitados en la página. Para conocer nuestra política de cookies, haz clic aquí