¿En qué consiste la
Reforma Pensional?

El pasado 22 de marzo fue radicada ante el Congreso de la República la versión final del proyecto de ley de la Reforma Pensional, la propuesta presentada por el Gobierno pretende crear un sistema de pilares para garantizar la protección social integral para la vejez, la invalidez y la muerte.

La reforma habla de 4 pilares:

Busca garantizar una renta básica solidaria para adultos mayores en situación de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad.
Consiste en un renta solidaria básica de $223,000.

¿A quiénes aplica?

Colombianos que residan en el territorio nacional en condición de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad.

Requisitos
  • Ser ciudadano colombiano.
  • Tener mínimo 65 años de edad.
  • Integrar el grupo de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad conforme a la focalización del Gobierno Nacional.
  • Acreditar residencia en el territorio colombiano mínimo de 10 años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acceder a la Renta Básica Solidaria.

Para este pilar no es necesaria una reforma.

El Estado puede implementar este subsidio y financiarlo a través de vías directas, como los impuestos.

Busca un beneficio económico para las personas afiliadas al sistema que no hayan cumplido con los requisitos de pensión. Se financiará con recursos del presupuesto y aportes propios.

  • Para las personas con ingresos inferiores a un salario mínimo, el sistema funcionaría como los BEPS.
  • También aplica para las personas del pilar contributivo, pero que no alcanzan a cotizar las 1.300 semanas.
¿A quiénes aplica?

Personas que hayan cotizado entre 300 y 1.000 semanas:

  • Aplica para hombres mayores de 65 años y mujeres mayores de 60
  • En ese momento, el Gobierno Nacional le dará una renta vitalicia, sin sustitución por muerte y no heredable.
  • Esta renta vitalicia no es una pensión y no será mayor al 80% de un salario mínimo.
  • En el caso en que la renta vitalicia calculada sea inferior al valor de la Renta Básica Solidaria, usted recibiría una indemnización sustitutiva (devolución de sus aportes, rentabilidad real: 0%)

Personas que hayan cotizado menos de 300 semanas

  • Recibirán una indemnización sustitutiva para el Componente de Prima Media y devolución de saldos y sus rendimientos en el caso de que hayan cotizado en el Componente de Ahorro Individual.

Personas con ingresos inferiores a 1SMMLV

  • Si realizan aportes a través de BEPS tendrán un subsidio del 30% en sus aportes y podrán solicitar la devolución de los mismos cumpliendo el requisito de edad.

En Colfondos hemos determinado que, en promedio, las personas que se encuentran en esta situación, cuentan con un ahorro pensional que se compone por:
41,20% en aportes realizados por el afiliado y,
58,80% en rendimientos generados gracias a la gestión profesional de las inversiones

Adicionalmente, una persona que llega a la edad de pensión y no cumple con los requisitos para acceder a esta, cuenta en promedio con 446 semanas y recibe como devolución de saldos un ahorro promedio acumulado de $41.740.319.

Con la Reforma, una persona de este grupo tendría que esperar hasta los 60 años (mujeres) o 65 años (hombres) para recibir una renta vitalicia que no supera el 80% del salario mínimo, y que con base en la metodología actual de cálculo de renta vitalicia, sería equivalente a $95.507.
Por ser inferior a la renta básica solidaria, le darían una indemnización sustitutiva, que solo contempla los aportes, pero NO rentabilidad.

En Colombia solo 1 de 4 personas alcanza una pensión

Al destruir el ahorro individual, el 75% de los colombianos que no alcanza una pensión recibe una prestación que no es comparable con tener su ahorro invertido y que le genera rendimientos. Son estos colombianos, los desfavorecidos, grandes perdedores de la Reforma, quienes además financiarán las pensiones del afortunado 25% que sí lo logre.

Compuesto por dos componentes:

  • Prima Media: recibirá las cotizaciones de los ahorradores con unos ingresos base entre 1 y 3 SMMLV. Se financiará con el Fondo Común de Vejez y el nuevo Fondo de Ahorro del Pilar contributivo. Será administrado por Colpensiones
  • Complementario de Ahorro Individual: recibirá las cotizaciones de los ahorradores con ingresos que excedan los 3 SMMLV y hasta los 25 SMMLV. Puede elegir a la entidad administradora que desee.

Un dato relevante de la rentabilidad en Colfondos:

En promedio, del total de los fondos administrados, el 52.67% corresponde a aportes y el 47.33% a rendimientos generados por la gestión profesional de las inversiones.

¿A quiénes aplica?

Aplica para las personas que actualmente se encuentran trabajando (etapa acumulativa) y realizan aportes al sistema de pensiones.

  • Quienes ganan menos de 3 salarios mínimos, sus nuevas cotizaciones no llegarán a su cuenta de ahorro individual. Por el contrario, irán a un fondo común administrado por Colpensiones. Ese dinero no le reportará rendimientos a título individual y ese nuevo fondo dejará de estar a su nombre en una cuenta individual.
  • Para quienes su salario supere los 3 salarios mínimos, la cotización excedente a estos 3 salarios sí se ahorrará en la cuenta individual de su AFP y les reportará rendimientos de las inversiones

¡Defendamos la propiedad del ahorro!

La Reforma plantea de manera directa la destrucción del ahorro individual futuro de los trabajadores colombianos.
En Colombia, más del 88% de los trabajadores que cotizan, lo hacen por un valor inferior a los 3 salarios mínimos.

¡Defendamos la libertad de elegir!

La Reforma plantea un esquema en el que el Gobierno Nacional transfiere desde el fondo de ahorro para el pago de las pensiones, recursos aportados por todos los colombianos, todo a un fondo común, sin posibilidad de elegir.

Ahorro adicional al obligatorio que las personas pueden hacer para complementar su pensión.

¿A quiénes aplica?
  • Integrado por quienes realicen un ahorro voluntario a través de los mecanismos que existen en el sistema financiero.
  • Dirigido a personas que deseen hacer aportes adicionales al aporte obligatorio que se encuentra relacionado con su IBC (Ingreso base de cotización)

El ahorro voluntario siempre ha estado como una opción para los Colombianos que desean planificar y complementar su ahorro obligatorio. En los fondos privados, este ahorro puede perfeccionarse a través de un aporte voluntario al fondo de pensiones obligatorias: AVPO, o mediante un ahorro planificado en el fondo de pensiones voluntarias.


La importancia de una reforma

Siempre hemos manifestado que sí necesitamos una Reforma Pensional, una transformación que nos permita seguir evolucionando luego de los aprendizajes de las últimas tres décadas, pues no podemos desconocer la falta de cobertura del sistema

Hoy tenemos 3.6 millones de adultos mayores que no reciben ningún ingreso pensional, ni derivado de los programas sociales de protección a la vejez.

Esta dura realidad se debe atender, sin duda, pero a través de soluciones sostenibles, responsables, con visión de largo plazo y que beneficien a quienes más lo necesitan, sin afectar a los trabajadores formales.

Los expertos han advertido la importancia de tener las cuentas claras respecto al impacto sobre la deuda futura que adquirimos los colombianos si esta Reforma se hace realidad. Sería un error histórico atender necesidades de corto plazo, afectando a todos los colombianos en el largo plazo.

Nuestra posición
  • Esta Reforma plantea de manera directa el cese del ahorro individual futuro de los trabajadores colombianos y reduce considerablemente la construcción de una reserva en respaldo de las futuras pensiones. En Colombia, más del 88% de los trabajadores que cotizan, lo hace por un valor inferior a los 3 salarios mínimos.
  • La Reforma plantea un esquema en el que el Gobierno Nacional transfiere desde el fondo de ahorro para el pago de las pensiones, recursos aportados por todos los colombianos, los que se pensionan y los que no se pensionan. Recordemos que en Colombia solo el 25% de los colombianos se pensiona.
  • Al destruir el ahorro individual, el 75% de los colombianos que no alcanza una pensión recibe una prestación que no es comparable con la situación actual, de tener su ahorro invertido y generando rendimientos. Son estos colombianos, los desfavorecidos, grandes perdedores de la Reforma, quienes además financiarán las pensiones del afortunado 25% que sí lo logre.
  • No podemos estar de acuerdo en un ningún umbral de cotizaciones salariales para trasladar a Colpensiones, porque es trazar una línea entre quienes sí podrían ahorrar y elegir, y quienes estarían obligados a aportar a un sistema de solidaridad, donde se es solidario con pocos.

Conoce el resultado del primer debate del
texto de la Reforma

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