Pensión Obligatoria para colombianos en el exteriorLey 100

Residir fuera de Colombia no es impedimento para que tú, un familiar o un amigo, inicien o continúen realizando sus aportes a Pensión Obligatoria en nuestro país.

Residir fuera de Colombia no es impedimento para que tú, un familiar o un amigo, inicien o continúen realizando sus aportes a Pensión Obligatoria en nuestro país.

Ten en cuenta

En el marco del decreto 682 del 4 de abril de 2014, expedido por el Ministerio del Trabajo de Colombia se extiende la cobertura de seguridad social a las poblaciones no cubiertas, dentro de las cuales se incluye un importante grupo de Colombianos que residen en el exterior.

¿Por qué deberías seguir cotizando Pensión Obligatoria en Colombia?

  • Te brinda cobertura para: riesgos de invalidez (pérdida de la capacidad laboral parcial o total), sobrevivencia (brindando cobertura a tus beneficiarios en caso de fallecimiento) o tu vejez (brindando una mesada periódica al momento del retiro de la vida laboral).
  • Independientemente de si resides en Colombia o en el exterior, al momento de tu retiro laboral y luego del cumplimiento de los requisitos de ley, podrás acceder a una mesada pensional que será consignada en la cuenta bancaria de tu preferencia.
  • Poseemos convenios con países extranjeros como: España, Chile, Argentina, Uruguay y Ecuador de esta manera podrás unificar tus semanas cotizadas.

¿Cómo puedes vincularte al sistema?

Afiliación Voluntaria al Sistema General de Pensiones

Lo primero que debes hacer es tramitar tu afiliación al régimen de ahorro individual (AFPs privadas, como Colfondos) o al régimen de Prima Media (Colpensiones) en calidad de trabajador independiente.

Afiliación Voluntaria al Sistema de Subsidio familiar

Así mismo, puedes vincularte como afiliado facultativo al sistema de subsidio familiar e incluir a tu grupo familiar domiciliado en Colombia. Aplican las reglas de dicho sistema.

El ingreso base de cotización del aporte será la suma que en moneda legal nacional declare el colombiano residente en el exterior, sin que la misma pueda ser inferior a dos (2) salarios mínimos legales mensuales. El aporte será del dos por ciento (2%) sobre el ingreso base de cotización declarado.

¿Cómo puedes realizar los aportes?

  • Debes registrarte con un operador de información en Colombia y pagar a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes PILA. Si deseas conocer cuáles son los Operadores de Información en Colombia haz clic aquí.
  • Debes contar con una cuenta bancaria (corriente o de ahorros) en Colombia. Para realizar tus aportes necesitas tener una cuenta bancaria de ahorros o corriente, desde donde puedas realizar los aportes al sistema de manera electrónica, utilizando el sistema PILA.
  • Contar con acceso a internet. Recuerda que para realizar la transacción en línea de tus aportes, debes tener indispensablemente acceso al servicio de internet.
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