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Lo que debes saber sobre la Reforma Pensional

La Corte Constitucional dejó en firme la mayor parte de la Ley 2381 de 2024 y confirmó la estructura principal de la reforma pensional que entrará en vigencia el 1° de abril de 2027. Sin embargo, ordenó que nueve artículos específicos regresen a la Cámara de Representantes para su revisión.

Conoce qué quedó aprobado, cómo funcionará el nuevo sistema de pilares, que son las ACCAI, qué pasa con tu ahorro y más información que debes tener en cuenta.

Conoce la nueva Ley

Estos son los principales cambios de la Reforma Pensional

La Reforma Pensional, plantea ‘garantizar la protección social integral para la vejez, la invalidez y la muerte mediante un sistema de pilares’.

Principales Cambios Reforma

Introduce un sistema de pilares

Intenta ampliar la cobertura beneficiando a diferentes grupos poblacionales, pero no deja claro su costo y su sostenibilidad.

Fortalece el sistema de prima media

Exige que los aportes de los primeros 2,3 SMMLV sean cotizados a Colpensiones; esto representa que cerca del 80% de los trabajadores en el país estarán obligados a aportar a Colpensiones.

Designa al administrador de los recursos

El Banco de la República será el nuevo administrador de los recursos que lleguen a Colpensiones, mediante la asignación de facultades especiales.

Crea un amplio régimen de transición

A partir de 750 semanas para mujeres y 900 semanas para hombres cotizadas hasta la fecha de entrada en vigencia (1 abril 2027).

Entrega subsidios para los que no se pensionan

Entrega subsidios en el pilar solidario para los adultos mayores incrementando el valor del subsidio que ya se entregaba y ampliando la población favorecida, aunque no se precisa de dónde saldrían los recursos.

La reforma continuará funcionando bajo un sistema de cuatro pilares:

Pilar Solidario

Dirigido a personas mayores que no lograron cotizar para obtener una pensión y que recibirán un apoyo económico durante la vejez.

Pilar Semicontributivo

Para quienes realizaron aportes durante su vida laboral, pero no alcanzaron los requisitos necesarios para obtener una pensión.
Estas personas podrán acceder a una renta según las condiciones definidas por la ley.

Pilar Contributivo

Corresponde al esquema donde se realizarán los aportes obligatorios de los trabajadores colombianos. 

Pilar Voluntario

Permite realizar ahorros adicionales para complementar los ingresos durante la jubilación. 

¿Cómo funcionarán las cotizaciones?

Con la reforma se mantiene el umbral de cotización de 2,3 salarios mínimos.

Si ganas
hasta 2,3 salarios mínimos

tus aportes obligatorios se realizarán en Colpensiones.

Si ganas
más 2,3 salarios mínimos

  • Los primeros 2,3 salarios mínimos se destinarán a Colpensiones.
  • El excedente continuará en una entidad especializada en ahorro individual.

¿Qué son las ACCAI?

Uno de los cambios más importantes que trae la reforma es la creación de las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI).

Las ACCAI serán las entidades encargadas de administrar el ahorro correspondiente a los ingresos que superen los 2,3 salarios mínimos.

¿Qué papel tendrá Colfondos? 

Con la entrada en vigencia de la reforma, Colfondos actuará como ACCAI, administrando el ahorro complementario de los trabajadores y acompañándolos en la construcción de su futuro pensional. 

Pago de Pensiones

¿A quiénes les impacta la Reforma Pensional y a quiénes no?

La Corte también dejó en firme el régimen de transición. Si al 1 de abril de 2027 tienes: 

Impacto de la Reforma Impacto de la Reforma

¿Qué pasa con el ahorro que tengo en Colfondos?

Tu ahorro sigue siendo tuyo.

Al momento de cumplir tus requisitos para pensionarte (edad y semanas), Colfondos tomará todo el dinero que ahorraste por tus ingresos superiores a 2,3 salarios mínimos, junto con las rentabilidades que ganaste, y se lo transferirá a Colpensiones. Colpensiones unirá ese dinero con las cotizaciones del pilar público y calculará una única pensión unificada para ti.

Te contamos algunas diferencias entre el sistema pensional Ley 100 y la Reforma Ley 2381.

Libre elección

Ley 100

El trabajador puede decidir en qué régimen desea estar, esto le permite a los afiliados al régimen privado beneficiarse de la rentabilidad, fortaleciendo su ahorro en el largo plazo.

Reforma Ley 2381

Todos los trabajadores estarán obligados a cotizar en Colpensiones sobre los primeros 2,3 SMMLV y a quienes ganen más de 2.3 SMMLV, el valor excedente podrá generarles rentabilidad y ser administrado por la AFP de su elección.

Propiedad del ahorro

Ley 100

Los trabajadores que deciden estar en una AFP como Colfondos ahorran en una Cuenta de Ahorro Individual y reciben trimestralmente un extracto con el detalle de su ahorro.

Reforma Ley 2381

Solo los colombianos que superen los 2,3 SMMLV podrán ahorrar en una AFP como Colfondos y seguir el comportamiento de su ahorro.

Devolución de saldos

Ley 100

Si un afiliado de una AFP como Colfondos no cumple los requisitos para acceder a una pensión, puede solicitar la devolución de sus aportes más los rendimientos.

Reforma Ley 2381

Las personas que no cumplan los requisitos para acceder a una pensión entrarán al pilar semicontributivo y, según el número de semanas, recibirán un subsidio.

Semanas y edad de pensión

Ley 100

Los trabajadores colombianos que están afiliados a una AFP como Colfondos pueden pensionarse si alcanzan 1.150 semanas y la edad de pensión (57 años mujeres y 62 años hombres).

Reforma Ley 2381

Todos los colombianos deberán cumplir con la edad de pensión (57, mujeres; 62, hombres) y cotizar por 1.300 semanas (3 años más de lo que debían cotizar antes en un fondo privado).

Herencia

Ley 100

Un afiliado que decide estar en una AFP como Colfondos puede heredar los ahorros de su CAI a sus beneficiarios de ley o, en caso de no tenerlos, a familiares de hasta 5to. grado de consanguinidad.

Reforma Ley 2381

Los trabajadores sólo podrán heredar a sus familiares hasta cuarto grado de consanguinidad. En caso de no tenerlos, este dinero permanecerá en el Fondo de Solidaridad Pensional.

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